Vinculación

Información importante sobre envíos puerta a puerta con ROECyT

Miércoles 1 de junio de 2022 / Actualizado el lunes 4 de julio de 2022

Es relativa en materia de comercio exterior para la importación de bienes del Sistema Científico y Tecnológico

La Secretaría de Articulación Científico Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación informa los cambios que instaura la Resolución General de AFIP 190/2022, publicada en el boletín oficial el 11/05/2022.

En dicha resolución se establece una limitación a los envíos recibidos por Prestadores de servicios postales PSP / Courier tanto para personas humanas como para personas jurídicas. Este límite es de hasta TRES (3) unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta CINCUENTA KILOGRAMOS (50Kg) y el valor FOB de las mercaderías consignadas a UN mismo destinatario no excedan los DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREL MIL (U$S 3.000) por vuelo.

Hasta ahora funcionaban dos modalidades de puerta a puerta con ROECyT, la primera era para los envíos menores a U$S 3.000 y/o menores a 50 kg en la cual no se abonaban ningún tipo de gastos y se liberaba de forma simplificada, y la segunda modalidad era el puerta a puerta con ROECyT II, el cual era para los envíos mayores  U$S 3.000 y/o mayores a 50 kg y se liberaba con destinaciones particulares (PI) hechas por el despachante del Courier las cuales tenían asociado el gasto de la tasa de digitalización (U$S 28 al cambio oficial) y el gasto de almacenamiento solo el caso de un único Courier (DHL).

A partir de ahora con estas nuevas limitaciones, de arribar en un mismo vuelo más de un envío consignado a un mismo importador (mismo CUIT), serán liberados bajo la modalidad Destinación Simplificada, por los Courier, los envíos arribados hasta llegar a la suma de U$S 3.000, el/los siguiente/s envío/s quedarán excluido/s del sistema simplificado; ya que éste detectará que ese CUIT ya ha ingresado envíos hasta el límite previsto. En el caso de haber notificado a los Courier en tiempo y forma, estos envíos serán tramitados con destinación particular (PI) por los despachantes de los Courier para su liberación y entregado en el domicilio indicado, de la misma manera que hasta la fecha ha funcionado el puerta a puerta con ROECyT II, el cual es sin límite de peso y de valor.

Cabe mencionar que estamos en comunicación con el área técnica de importación de aduana, para poder subsanar estas nuevas limitaciones.

Les recordamos que las notificaciones de los envíos a la Courier deben realizarse en las casillas habilitadas para tal fin, las cuales pueden encontrarlas aquí. Es importante que dichas notificaciones sean realizadas antes del arribo al país de los envíos.

Pueden consultar la resolución y el anexo aquí.

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